Peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias
Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas ante la corporación y a obtener respuesta, conforme al artículo 23 de la Constitución Política y a la Ley 1755 de 2015.
El formulario en línea está en preparación
Cómo radicar
- Presencialmente
- Calle 40 N.º 46-01, Barranquilla, Atlántico
Lunes a viernes, 8:00 a. m. a 12:00 m. y 1:00 p. m. a 5:00 p. m. - Por correo electrónico
Qué puede radicar
| Tipo | Qué es | Plazo de respuesta |
|---|---|---|
| Petición | Solicitud de información, de documentos o de una actuación de la corporación. | 15 días hábiles |
| Queja | Manifestación de inconformidad por la conducta de un servidor público. | 15 días hábiles |
| Reclamo | Manifestación por la prestación indebida de un servicio o por falta de atención. | 15 días hábiles |
| Sugerencia | Propuesta para mejorar el servicio de la corporación. | 15 días hábiles |
| Denuncia | Puesta en conocimiento de una conducta posiblemente irregular. | 15 días hábiles |
Qué debe incluir su solicitud
- Nombre completo y número de documento de identidad.
- Dirección o correo electrónico donde quiere recibir la respuesta.
- Descripción clara de lo que solicita.
- Los documentos que quiera anexar, si los hay.
Una solicitud anónima también se tramita, pero sin datos de contacto no hay forma de enviarle la respuesta.